Introducción

Mendoza ha sido pionera en el país en lo que respecta a la defensa de los derechos de consumidores y usuarios. En 1990 tuvo una de las primeras leyes que definía un marco de protección, e inserto en este se encontraba el “Decálogo del Consumidor”, diez consignas que debe conocer el consumidor y también el prestador/proveedor de servicios/bienes.
La ley provincial 5547 de Defensa del Consumidor, establece lo siguiente en su artículo 44 bis:

“Será obligatorio para los comerciantes, productores y/ o prestadores especificados en el Art. 4º, publicar en sus instalaciones en forma bien visible, destacada y perfectamente legible el Decálogo del Consumidor que a continuación se detalla. Los híper y supermercados deberán imprimirlo en sus páginas de ofertas y/o difundirlo junto a sus catálogos publicitarios por lo menos una vez por semestre. Se invita a los municipios a adherir y a enviar junto al boleto de tasas y servicios o patentes de comercio un impreso conteniendo el Decálogo del Consumidor por lo menos una vez al año”.

Y, en ese sentido, antes de avanzar en la transcripción del Decálogo del Consumidor, se comparte lo establecido en el artículo 4 de esa misma ley:

“Quedan obligados al cumplimiento de esta ley los comerciantes, productores, importadores y los prestadores de servicios, así como las empresas privadas, estatales o con participación estatal en cuanto desarrollen actividades de producción, distribución o comercialización de bienes a consumidores o prestación de servicios a consumidores.
Si existiere vicio o defecto o resultare daño del producto o del servicio, a los efectos de esta ley responderá solidariamente el productor, el fabricante, el importador, el vendedor, el proveedor y quienes hayan puesto su marca en el producto o servicio”.

Ahora se deja a consideración de todas estas diez consignas que pueden ayudar a equilibrar las relaciones de consumo, para que consumidores y proveedores conozcan sus derechos y obligaciones, y los problemas que pudieran plantearse se resuelvan de manera pacífica y sin contratiempos

Decálogo del Consumidor