Telefonía

Derechos y obligaciones de los usuarios:

1) Usted puede elegir libremente. entre los distintos prestadores del servicio.

2) Tiene derecho a cambiar de prestador del servicio, pudiendo conservar. su número de teléfono móvil (Portabilidad). Se establece un plazo mínimo de permanencia de 60 días corridos contados a partir de que el número fue efectivamente portado. Se sugiere consultar a la prestadora posibles costos por rescisión anticipada, antes de realizar la portabilidad. Además, puede utilizar en cualquier prestador su estación terminal móvil homologada, siempre y cuando no existan impedimentos técnicos, ya que el prestador tiene obligación de liberar el equipo móvil.

3) En caso de viajar al exterior y utilizar su teléfono celular, sea para realizar llamados o para conectarse a internet, se incluirá en la factura el roaming internacional. Por consiguiente, con carácter previo a realizar su viaje, procure informarse con su compañía telefónica cuál es el costo del mismo.

4) Si Ud. posee un teléfono celular de última generación o smartphone, deberá programar su teléfono para que no se conecte automáticamente a internet.

5) La llamada telefónica desde su teléfono celular recién comienza a ser facturada cuando la misma es atendida.

6) Ud. puede solicitar, a su cargo, la facturación detallada por el o los períodos que estime convenientes.

7) Ud. tiene derecho a acceder en forma gratuita a los servicios de emergencia, en especial a los de la policía, bomberos, salud pública y Defensa Civil.

8) Ud. tiene derecho a que la Prestadora le remita las facturas con una anticipación de CINCO (5) días corridos anteriores a la fecha de su vencimiento.

9) Tiene derecho a recibir la información que solicite relativa a los servicios a prestar y las alternativas, componentes y precios del mismo, los valores de cargos por activación, los fijos mensuales y por uso del servicio y de la red telefónica pública; costo de los minutos en el aire en horas pico, no pico y días no laborables; cargos permanentes; plazos de contratación; bonificaciones y cargos administrativos en caso de rescisión anticipada del contrato de prestación del servicio.

10) Las empresas de telefonía móvil tienen que contar con mecanismos de recepción y atención de reclamos que incluya, en forma gratuita, un número telefónico de atención las veinticuatro (24) horas del día, otorgando siempre número de reclamo/gestión.

11) Como usuario tiene derecho a recibir respuesta a sus reclamos ante el prestador en los siguientes plazos:

a. Reclamos por deficiencias e interrupción del servicio, en 3 días hábiles administrativos.

b. Reclamos por facturación, en 10 días hábiles administrativos.

c. Otros reclamos en 15 días hábiles administrativos.

12) Si Ud. no hubiere recibido respuesta a su reclamo en los plazos establecidos, o que habiendo recibido la misma no se encuentra satisfecho con la respuesta, puede presentar su reclamo ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM – 0261-4234287 / 4242733) o ante la Dirección de Defensa del Consumidor. La denuncia o reclamo no puede ser presentado en ambos organismos, por lo que deberá elegir uno de ellos.

ENACOM no tiene competencia en los reclamos referidos con el terminal móvil (mal funcionamiento, rotura, inconvenientes con el servicio técnico, falta de cobertura por parte del seguro, etc.).

13) No es necesario efectuar el reclamo en el ENACOM o interponer la denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor para poder iniciar un juicio en los tribunales competentes.

14) En los casos en que las facturas y recargos, que pudieran corresponder, no fueren abonados dentro de los plazos de vencimiento establecidos en las facturas, el prestador podrá proceder a la suspensión del servicio.

15) Si el servicio ha sido suspendido, y hasta que tenga lugar la baja definitiva o el levantamiento de la suspensión por el prestador ante el pago, el cliente moroso deberá pagar además del monto original, los recargos por mora y el derecho de rehabilitación vigente cuando correspondiera, de acuerdo con las políticas de cada prestador y según lo establecido en las condiciones del contrato de prestación del servicio.

16) Si el servicio ha sido suspendido y no ha sido cancelado el importe total adeudado, el prestador podrá proceder a dar de baja el servicio en forma definitiva, extinguiéndose automáticamente el contrato existente y quedando el prestador facultado para disponer libremente del servicio y del número asignado al cliente.

17) La baja definitiva no implica la liberación de la obligación del pago de la deuda pendiente, más los recargos por los incumplimientos correspondientes.

La Resolución 733-E/2017 entró en vigencia el 5 de marzo de 2018, y contempló en su momento una serie de mejoras en la información sobre los costos, las condiciones de los planes. Además, para el caso del servicio prepago se aumentó el tiempo de duración de la carga del crédito.

Es un reglamento que los operadores de todo el país deben cumplir y que tiene al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), como órgano de aplicación para el trámite de los reclamos y denuncias por incumplimientos.

Puntualmente, se trata del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), y estableció ocho derechos que deben respetar las empresas operadoras del servicio de telefonía móvil, fija y las empresas de internet y TV por abono:

1. Extensión de la recarga
La carga de crédito deberá durar al menos 180 días (6 meses).

2. Reclamos
Las empresas deberán dejar un detalle escrito de las gestiones o quejas que realicen los clientes.

3. Devolución con intereses
Si la compañía cobrara de más, deberá devolver el dinero más los intereses.

4. Simulacro online
Los usuarios pueden comparar los planes en los sitios web oficiales de las empresas para poder elegir el más conveniente, según sus posibilidades económicas y necesidades personales o laborales.

En las páginas de esas empresas deben figurar toda la información para poder simular los costos.

5. Cambio de plan
Cuando el cliente acepte un cambio, deberá recibir toda la información por escrito.

6. Suscripciones
No podrá haber suscripciones si el cliente no las solicitó expresamente.

7. Servicio mínimo de calidad
Si una empresa no cumple con los niveles mínimos de calidad, deberá entonces pagar una compensación económica.

Es importante señalar que este punto aún no se encuentra debidamente reglamentado, por lo que no está definida la modalidad de compensación para el usuario.

8. Factura
Si el cliente no recibe ese comprobante 10 (diez) días antes del vencimiento, la compañía no podrá cobrar intereses punitorios ni suspender la línea.

Por reclamos y denuncias

Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en Mendoza:

• San Martín 678, 5to Piso, Ciudad de Mendoza (sede central del Edificio de Correo Argentino).
• (0261) 423-4287/2144 y 4242733
• Horario de atención: 8.30 a 14.30
• mendoza@enacom.gob.ar

A través de la web de ENACOM:
Problemas con el servicio – Reclamos por Telefonía Móvil


Este Registro brinda la opción de limitar las llamadas de publicidad que recibís en tu teléfono. Una vez que inscribís tu número en el Registro, quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios tienen hasta 30 días para dejar de llamarte.

Para más información y acceso al Registro, ingresá al siguiente link: http://www.nollame.gob.ar/paso_a_paso.html


La Dirección de Defensa del Consumidor te recomienda que comprés siempre en comercios habilitados. Para el caso de tu teléfono móvil, te sugerimos adquirir el nuevo equipo en un local oficial.

Si vas a comprar un celular en comercios del rubro, verificá antes el IMEI del equipo para saber si el teléfono puede ser usado o no. Solicitá que la factura de compra incluya ese mismo número de IMEI.

¿Qué es el IMEI y cómo verificar ese número?

Encontrá esa información acá.

Garantía de tu equipo nuevo o usado:

Recordá que los productos nuevos y usados tienen una garantía legal mínima, además de la cobertura contractual que otorga el fabricante. Los bienes nuevos gozan de una cobertura o protección legal de seis meses; los usados, solo de tres meses. Ese plazo comienza a correr cuando el producto es entregado al consumidor.

Para exigir el cumplimiento de la garantía legal mínima es imprescindible que tengás en mano la factura de compra. Sin esta, no podrás realizar un reclamo en la Dirección de Defensa del Consumidor.